Derecho del entretenimiento · Industria musical · Colombia
En la música, lo que no está por escrito no existe.
Los splits, los masters, las regalías, lo que tu manager puede decidir por ti — todo se define en un contrato, o se pierde en una disputa. Asesoría legal para artistas, compositores, productores, managers y sellos: claridad antes de firmar, no explicaciones después de perder.
Respuesta directa por WhatsApp · Derecho colombiano · DNDA, SAYCO, ACINPRO y SIC
Riesgos reales
Lo que le pasa a la mayoría de artistas antes de tener abogado
Firman el primer contrato que les ofrecen
Sin comparar, sin negociar, sin saber qué están cediendo.
No distinguen master, composición y publishing
Y por eso no saben qué parte de su música les pertenece.
Reparten los splits de palabra
Y la canción explota años después, con los porcentajes sin escribir.
Nadie revisa el contrato del promotor
Pagos, cancelaciones y fuerza mayor quedan al aire hasta que algo sale mal.
El abogado a cargo
Un contrato de música no se lee como un contrato cualquiera.
Detrás de cada cláusula hay tres capas de derechos que la ley trata por separado y sociedades de gestión que pagan por vías distintas. El mismo abogado que revisa lo que estás por firmar es el que negocia y el que responde después. Sin equipos rotativos ni traspasos de expediente.
Miguel Urquijo Certain · Abogado · Propiedad Intelectual
Qué hacemos
Asesoría legal para cada etapa de una carrera musical
- Contratos de management. Qué puede y qué no puede decidir tu manager por ti.
- Contratos de grabación y producción. Master, composición y publishing, explicados en español simple.
- Splits y acuerdos entre coautores. Los porcentajes por escrito antes de que la canción salga.
- Registro ante la DNDA. La prueba de titularidad que respalda todo lo demás.
- Regalías. Qué te paga SAYCO, qué te paga ACINPRO y cómo cobrarlo.
- Licencias y sincronización. Tu música en marcas, series y plataformas, con contrato.
- Shows en vivo. Honorarios, pagos, riders, cancelaciones, fuerza mayor.
- Tu nombre artístico como marca. El registro ante la SIC que protege el nombre con el que te conocen.
- Sellos y productoras. Sociedad, acuerdos entre socios y distribución de derechos.
Lo que casi nadie separa
Una canción no es un derecho. Son tres, y cada uno tiene dueño.
La mayoría de los conflictos de la industria empiezan aquí: al firmar, nadie distinguió qué capa se estaba cediendo. Estas son las tres, y quién cobra en cada una.
La obra
La composición y la letra. Existe aunque nadie la haya grabado, y su titular es quien la creó: el compositor y el letrista. Es derecho de autor en sentido estricto.
Regalías de ejecución pública → SAYCOLa interpretación
Quien canta o toca. No es autor de la obra, pero la ley le reconoce derechos propios —conexos— sobre su ejecución, distintos de los del compositor.
Derechos conexos → ACINPROEl fonograma
La grabación concreta: lo que en la industria se llama el master. Su titular es el productor fonográfico, que muchas veces no es ni el autor ni el intérprete.
Derechos conexos → ACINPROEl matiz que casi siempre se cita mal
Se repite que «el derecho de autor prevalece» sobre los conexos. La norma no dice eso. El artículo 33 de la Decisión 351 establece que la protección de los derechos conexos no afectará en modo alguno la protección del derecho de autor y que, en caso de conflicto, se estará siempre a lo que más favorezca al autor. No es una regla de jerarquía: es un criterio de favorabilidad — y para el artista es más fuerte. Decisión 351 de la CAN, arts. 33 y ss. · Ley 23 de 1982, art. 8 · Ley 23 de 1982, arts. 163 y 216
Cómo trabajamos
Así protegemos tu carrera o tu catálogo
Diagnóstico
Revisamos lo que ya firmaste y lo que estás por firmar.
Alcance y honorario
Por escrito, antes de empezar cualquier trabajo.
Negociación
Observaciones y alternativas antes de que apruebes nada.
Redacción y cierre
Contrato final, coherente, sin vacíos.
Quién te atiende
Miguel Urquijo Certain
Abogado · Propiedad Intelectual y Derecho del Entretenimiento
Un solo abogado responsable de tu caso · Te explica en español simple, no en lenguaje de contrato · Derecho colombiano: DNDA, SAYCO, ACINPRO y SIC.
Abogado colombiano de propiedad intelectual con experiencia en asuntos marcarios y del entretenimiento en Colombia y Estados Unidos: más de 1.000 marcas gestionadas desde 2022, y trabajo con artistas y empresas del negocio musical internacional. Su práctica está dedicada al derecho colombiano: contratos, derechos de autor y marcas para quienes viven de crear.
Preguntas frecuentes
Todo lo que necesitas saber antes de escribirnos
¿Cuál es la diferencia entre master y composición?
El master es la grabación específica de una canción. La composición es la obra en sí — letra y música — independiente de quién la grabó. Pueden pertenecer a personas distintas y cada una genera derechos distintos.
¿Qué es un deal memo y por qué importa?
Es el acuerdo comercial preliminar de un concierto o proyecto: honorarios, fechas, condiciones. El contrato definitivo se construye sobre eso — por eso revisarlo antes de firmar es la parte más importante.
¿Necesito abogado si ya tengo manager?
Tu manager negocia a tu favor, pero no te representa legalmente frente a terceros — y el contrato con tu propio manager también necesita ojos independientes.
¿Atienden artistas fuera de Colombia?
Sí — puedes estar en cualquier país. Nuestra asesoría es en derecho colombiano: contratos bajo ley colombiana, registro ante la DNDA, marcas ante la SIC y regalías de las sociedades de gestión colombianas. Si tu asunto es de otra jurisdicción, te lo decimos con claridad.
Subí mi canción a Spotify. ¿Ya está protegida?
Subirla prueba que existe, no que es tuya. El registro ante la DNDA es la prueba de titularidad con fecha cierta que te respalda en una disputa.
¿Cómo repartimos los porcentajes entre varios autores?
Con un acuerdo de splits por escrito, firmado antes del lanzamiento. Un documento corto que evita el pleito más común de la industria.
¿Registrar mi obra en la DNDA tiene costo?
No. El registro de obras, fonogramas, actos y contratos ante la DNDA es gratuito, se hace en línea y toma alrededor de 15 días hábiles. No cobramos por ese trámite: lo que se cobra es el criterio — qué registrar, a nombre de quién y en qué porcentajes.
¿Cómo se cobra la asesoría?
Por asunto, después del diagnóstico. Primero revisamos qué firmaste y qué necesitas; con eso te pasamos por escrito el alcance y el honorario antes de empezar cualquier trabajo.
Los splits se escriben antes del lanzamiento.
Si ya estás construyendo algo en la música, protégelo antes de que alguien más se quede con tu parte. Lo que hoy es un acuerdo de palabra, mañana es un pleito con una canción sonando.
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Te responde directamente el abogado. Sin intermediarios.